RA 7.1 MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN.


RA 7.1 MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA.

·        La Ley de Prevención de Riesgos Laborales define la prevención como “el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividades de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo”. Se actúa sobre el riesgo antes de que se materialicen, sobre la probabilidad, pero en ocasiones sólo se puede actuar sobre las consecuencias:

─        La prevención es integral: debe estar presente en todas las fases de la actividad de la empresa, su implantación afecta a todos los departamentos de la empresa y a todos los trabajadores.
─        La finalidad de la prevención es evitar que se materialicen los riesgos, para ello:
o   Hay que detectar todos los riesgos que existen en la empresa, su gravedad y la probabilidad de que se produzcan.
o   Eliminar todos los riesgos.
o   Y los que no es posible suprimir se intentará reducir al máximo
─        La prevención debe ser planificada y bien organizada.
─        La PROTECCIÓN es el conjunto de acciones cuya finalidad es resguardar la integridad física del trabajador mediante el uso de mecanismos, utensilios o prendas que sirvan como barrera ante el agente causante, para evitar traumatismos o heridas. Son medidas destinadas a reducir los daños en el caso de que el riesgo llegue a materializarse, actúan sobre el daño.
o   Protegen a los trabajadores de los riesgos que no han podido eliminarse.
  • No evita el riesgo, trata de reducir sus consecuencias.
  • Actúa sobre el trabajador.

¾     Las técnicas de prevención. Son  aquellas técnicas que están encaminadas a actuar directamente sobre los riesgos antes de que se puedan llegar a materializar y se puedan producir las posibles consecuencias negativas para la seguridad y salud de los trabajadores.  Intentan eliminar o reducir las causas en su raíz, interviniendo sobre el foco del riesgo y evitando que se produzca el accidente o daño.

o   Seguridad en el trabajo: trata de evitar los AT. Es aquella técnica que tienen por objeto eliminar o disminuir los riesgos que pueden llegar a provocar la aparición de accidentes de trabajo y atenuar sus consecuencias. Estudia todos los riesgos y condiciones materiales relacionadas con el trabajo, que podría llegar a afectar directa o indirectamente, a la integridad física de los trabajadores.
§  Detectar los AT que puedan llegar a producirse y disponer de las medidas necesarias para evitarlos.
§  Controlar los accidentes que han tenido lugar, estudiando sus causas, tomando medidas para evitar que se repitan y llevando un control estadístico de los mismos.
§  Corregir todos los factores de riesgo de AT, actuando sobre el factor humano (proporcionando formación e información a los trabajadores sobre los riesgos de su medio laboral) y sobre el factor técnico (diseñando dispositivos de seguridad para las máquinas).

Todo accidente de trabajo es un fenómeno natural y es provocado por causas naturales, hay que actuar sobre  las causas de los riesgos de accidente, eliminándolos o disminuyéndolos.
La teoría de la causalidad de los accidentes señala que todo accidente ocurre por alguna causa, y que esta causa se podría haber evitado y por tanto también el accidente. Los accidentes no se deben al azar.
La Seguridad actúa sobre las causas de accidente de trabajo:
§  Causas técnicas: eliminando las características o condiciones peligrosas  de las instalaciones y lugares de trabajo (de las máquinas o instalaciones) que han originado o pueden originar un accidente de trabajo.
§  Causas humanas: actúan sobre el hombre y su comportamiento, conseguir que el hombre modifique sus costumbres y actitudes. El trabajador desconoce  la existencia de un riesgo, no sabe cómo actuar ante un riesgo, la falta de formación e información por parte de la empresa.

Las técnicas de seguridad pueden ser:
§  Analíticas: actúan en la detección, análisis y valoración de los riesgos. Pueden ser previas al AT (inspecciones de seguridad, análisis estadístico de la siniestralidad) o posteriores al AT (notificación, registro e investigación de AT).
§  Operativas: actúan eliminado o reduciendo  los accidentes de trabajo corrigiendo los factores de riesgo. Pueden actuar sobre los equipos, instalaciones y métodos de trabajo o sobre el hombre. Por ejemplo la seguridad en el diseño de equipos, la utilización de resguardos y defensas de las máquinas.

o  Higiene Industrial: técnica  de carácter preventivo cuyo objetivo es evitar  enfermedades profesionales. Es aquella ciencia que trata de identificar, evaluar y controlar los riesgos ocasionados por la presencia de contaminantes tanto de tipo físico, químico o biológico presentes en el puesto de trabajo, entendiéndose como control a la reducción del grado de contaminación de los distintos agentes o contaminantes a los menores niveles posibles o hasta unos niveles que se pueden considerar como aceptables.
Se encarga de:
§  Detectar los agentes contaminantes físicos, químicos y biológicos.
§  Medir y valorar los contaminantes, estudiando el nivel de concentración y el periodo de exposición dañino para la salud.
§  Establecer las medidas correctoras adecuadas y sus correspondientes controles sobre los factores de riesgo.

o   Ergonomía: técnica de lucha contra los problemas de fatiga y confortabilidad cuyo objetivo es la adaptar el puesto de trabajo y su medio ambiente a las condiciones fisiológicas y psicológicas del trabajador para optimizar su seguridad, confort, eficacia y evitar la fatiga. Su función básica es la adaptación de las condiciones de trabajo, máquinas, equipos y entorno productivo a las características del trabajador para lograr la armonización entre la eficacia productiva y la salud y el bienestar humano. Se encarga de adaptar. 
Se divide en las siguientes áreas:
§  Ergonomía geométrica: estudia la relación del trabajador con las condiciones de tamaño del puesto de trabajo (posturas, movimientos, dimensiones y distancias óptimas, etc.)
§  Ergonomía ambiental: relaciona al trabajador con los factores ambientales del puesto de trabajo (nivel de iluminación adecuado, temperatura, humedad, ruido, vibraciones, etc.).
§  Ergonomía temporal: estudia la adaptación de los tiempos de trabajo (horarios, jornadas, descansos, turnos, etc.) para evitar la fatiga física y mental.
§  Ergonomía perceptiva: adapta las máquinas, equipos y herramientas a las características de la persona (teclado con reposamuñecas, tijeras con mandos adaptados, incorporación y diseño de dispositivos que eviten accidentes, fatiga, etc.).
§  Ergonomía de comunicación: interviene en el diseño de la comunicación entre los trabajadores y entres éstos y las máquinas. Actúa a través del diseño y la utilización de dibujos, textos, tableros visuales, displays, señalización de seguridad.

o  Psicosociología del trabajo: técnica de lucha contra la insatisfacción en el trabajo que estudia los factores de naturaleza Psicosocial y de organización existentes en el trabajo, que puedan repercutir en la salud del trabajador, se ocupa de la prevención de los daños causados por los riesgos de origen psicosociales, entre los que se incluyen con una gran importancia los relacionados con la organización del trabajo (clima laboral, comunicación, estilos de mando, diseño del puesto de trabajo, ritmos de trabajo, monotonía, tiempo de trabajo…), el estrés laboral, el acoso en el trabajo y la insatisfacción laboral.
Estudia la monotonía de las tareas, el ritmo de trabajo, el estatus social del puesto, el grado de responsabilidad y autonomía, la duración de la jornada, los descansos, el clima laboral, la comunicación, los estilos de mando, etc.

o   Medicina del trabajo: es una especialidad médica cuya finalidad es mantener la salud de los trabajadores en estado óptimo, estudiando las enfermedades y los accidentes asociados a la actividad laboral, para ello utiliza chequeos periódicos, educación sanitaria, etc.
§  Técnica preventiva de lucha que partiendo del conocimiento del funcionamiento del cuerpo humano y del medio en que éste desarrolla su actividad, en este caso laboral, se ocupa de promocionar la salud en el trabajo, colaborando con el resto de las disciplinas preventivas, evita que aparezcan enfermedades.
§  Pero también es una técnica de protección como técnica de curación, se ocupa del tratamiento, curación y posterior rehabilitación de las enfermedades profesionales.

¾     Técnicas de protección. No pueden evitar el riesgo o peligro, sino que se encargan de reducir o eliminar sus consecuencias (daños) sobre el trabajador. Hay situaciones en las que las medidas de prevención no pueden evitar el accidente, por lo que se asume la presencia de determinado grado de riesgo y se intenta reducir el daño.
“Es el conjunto de actividades adoptadas o previstas, tendentes a eliminar, minimizar, o disminuir las posibles consecuencias que sobre los trabajadores podrían ocasionar los diferentes riesgos”.

Existen dos medidas de protección:
o   Técnica de protección colectiva: que protegen a varios trabajadores a la vez al actuar sobre el medio de transmisión eliminando o reduciendo las consecuencias (una red de seguridad). No evitan los riesgos, conviven con ellos, pero en caso de que materialicen intentan reducir o evitar los daños en los trabajadores. Algunas de las técnicas de protección colectiva son:
§  Las barandillas y redes de seguridad frente al riesgo de posibles caídas.
§  Los resguardos de las máquinas que impiden el contacto del trabajador con una parte de la máquina que es peligrosa.
§  Los dispositivos de seguridad que impiden que el trabajador realice una maniobra peligrosa.
§  La ventilación general para evitar la presencia de contaminantes químicos.
§  Las pantallas acústicas frente al ruido.
§  Plataformas de trabajo.
§  Barandillas de protección.
§  Sistemas de extracción de aire
§  Señalizaciones.

¾     Técnica de protección individual: (EPIs) que protegen a un trabajador directamente de forma individual. Son la última medida para evitar los riesgos laborales, ya que previamente se tienen que tomar las medidas de prevención y las de medidas de protección colectiva.

“Se define como un equipo individual cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin”.

o   Pretenden eliminar o reducir las consecuencias de un daño para un trabajador, es una barrera  o escudo entre el cuerpo y el peligro, que protege y o disminuye los daños derivados del accidente
o   No se considera EPI la ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud del trabajador, los equipos de los servicios de socorro y salvamento…
o   Los EPIs se clasifican en función de la parte del cuerpo que protegen: cascos, tapones, protectores auriculares, cascos envolventes, gafas de protección, pantallas faciales, máscaras, máscaras filtrantes, equipos aislantes con suministro de aire, guantes, manoplas, muñequeras, zapatos y botas de seguridad, cremas de protección / pomadas, chalecos, cinturones de protección lumbar, equipos de protección contra caída, ropa de protección, etc.
o   En primer lugar hay que evitar los riesgos en su origen y evaluar aquellos que no puedan evitarse, para posteriormente, como segunda medida, utilizar técnicas de protección colectiva y, si no resultase posible o fuera insuficiente, en último lugar emplear técnicas de protección individual.

  • Se utilizan cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
  • Es un último recurso:
  • Protege solo a la persona que lo lleva mientras que las medidas de control en la fuente protegen a todas las personas del lugar de trabajo.
  • Los niveles máximos de protección del EPI difícilmente se consiguen en la práctica y el nivel real de protección es complicado de evaluar. La protección efectiva o real solo se consigue mediante el EPI apropiado, correctamente ajustado y usado, y mantenido adecuadamente.
  • El EPI puede limitar al usuario en cierta manera dificultando sus movimientos o visibilidad.

o   El EPI, puede utilizarse:
§  Como medida transitoria hasta que la implementación de medidas técnicas u organizativas se lleve a cabo con plena eficacia.
§  En las situaciones en las que no existen soluciones técnicas razonables ni de otro tipo que permitan resolver el problema.
§  Cuando las exposiciones son poco frecuentes y/o de corta duración y se justifica que no pueden adoptarse otras medidas de protección.
§  En operaciones de limpieza, mantenimiento, reparación de averías, transformación de equipos, etc., por ser situaciones de trabajo en las que, para realizar la actividad, puede ser necesario anular temporalmente algún sistema de protección.
§  Cuando la información que, de acuerdo con el artículo 41 de la LPRL, debe proporcionar el fabricante, importador o suministrador de maquinaria, equipos, productos o útiles de trabajo, indique la necesidad de usar un EPI.

  • Condiciones que deben reunir los equipos de protección individual
§  Los EPIs proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso, sin suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias. A tal fin deberán:
Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.
Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador. Talla y diseño, trabajadores especialmente sensibles y trabajadoras embarazadas o personas con discapacidad física.
Adecuarse al portador, tras los ajustes necesarios. Ajustables.
§  En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización simultánea de varios equipos de protección individual, éstos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en relación con el riesgo o riesgos correspondientes.

  • Elección de los equipos de protección individual
§  Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios
§  Definir las características que deberán reunir los equipos de protección individual para garantizar su función, teniendo en cuenta la naturaleza y magnitud de los riesgos de los que deban proteger, así como los factores adicionales de riesgo que puedan constituir los propios equipos de protección individual o su utilización
§  Comparar las características de los equipos de protección individual existentes en el mercado.

  • Utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual.
§  La utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Salvo en casos particulares excepcionales, los equipos de protección individual sólo podrán utilizarse para los usos previstos
§  Las condiciones en que un equipo de protección deba ser utilizado, en particular en lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinará en función de:
La gravedad del riesgo.
El tiempo o frecuencia de exposición al riesgo.
Las condiciones del puesto de trabajo.
Las prestaciones del propio equipo.
Los riesgos adicionales derivados de la propia utilización del equipo que no hayan podido evitarse

  • Obligaciones en materia de información y formación del empresario. El empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. Asimismo, deberá proporcionarles instrucciones preferentemente por escrito sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos.
  • Obligaciones de los trabajadores.
§  Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual.
§  Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el lugar indicado para ello.
ANEXO III.  Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual.
Consultar ANEXOIII Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual. Guía técnica INSH.  http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/GuiasTecnicas/Ficheros/epi.pdf    
1.        Protectores de la cabeza (protección del cráneo).
 Cascos protectores: Obras de construcción y, especialmente, actividades en, debajo o cerca de andamios y puestos de trabajo situados en altura, obras de encofrado y desencofrado, montaje e instalación, colocación de andamios y demolición.
Trabajos en puentes metálicos, edificios y estructuras metálicas de gran altura, postes, torres, obras hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, instalaciones de calderas y centrales eléctricas.
 Obras en fosas, zanjas, pozos y galerías.
 Movimientos de tierra y obras en roca.
Trabajos en explotaciones de fondo, en canteras, explotaciones a cielo abierto y desplazamiento de escombreras.
 La utilización o manipulación de pistolas grapadoras.
Trabajos con explosivos.
 Actividades en ascensores, mecanismos elevadores, grúas y medios de transporte.
Actividades en instalaciones de altos hornos, plantas de reducción directa, acerías, laminadores, fábricas metalúrgicas, talleres de martillo, talleres de estampado y fundiciones. Trabajos en hornos industriales, contenedores, aparatos, silos, tolvas y canalizaciones.
 Obras de construcción naval.
Maniobras de trenes.
Trabajos en mataderos.
2. Protección del pie.
a) Calzado de protección y de seguridad:
Trabajos de obra gruesa, ingeniería civil y construcción de carreteras. Trabajos en andamios. Obras de demolición de obra gruesa. Obras de construcción de hormigón y de elementos prefabricados que incluyan encofrado y desencofrado. Actividades en obras de construcción o áreas de almacenamiento. Obras de techado. Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, postes, torres, ascensores, construcciones hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, grúas, instalaciones de calderas y centrales eléctricas. Obras de construcción de hornos, montaje de instalaciones de calefacción, ventilación y estructuras metálicas. Trabajos de transformación y mantenimiento. Trabajos en las instalaciones de altos hornos, plantas de reducción directa, acerías, laminadores, fábricas metalúrgicas y talleres de martillo, talleres de estampado, prensas en caliente y trefilerías. Trabajos en canteras, explotaciones a cielo abierto y desplazamiento de escombreras. Trabajos y transformación de piedras.
Fabricación, manipulación y tratamiento de vidrio plano y vidrio hueco. Manipulación de moldes en la industria cerámica. Obras de revestimiento cerca del horno en la industria cerámica. Moldeado en la industria cerámica pesada y de materiales de construcción. Transportes y almacenamientos. Manipulaciones de bloques de carne congelada y bidones metálicos de conservas. Obras de construcción naval. Maniobras de trenes.
 b) Zapatos de seguridad con tacón o suela corrida y suela antiperforante: obras de techado.
c)        Calzado y cubrecalzado de seguridad con suela termoaislante: actividades sobre y con masas ardientes o muy frías.
d) Polainas, calzado y cubrecalzado fáciles de quitar: en caso de riesgo de penetración de masas en fusión.
3. Protección ocular o facial.
Gafas de protección, pantallas o pantallas faciales: Trabajos de soldadura, esmerilados o pulido y corte. Trabajos de perforación y burilado. Talla y tratamiento de piedras. Manipulación o utilización de pistolas grapadoras. Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas. Trabajos de estampado. Recogida y fragmentación de vidrio, cerámica. Trabajo con chorro proyector de abrasivos granulosos. Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos. Manipulación o utilización de dispositivos con chorro líquido. Trabajos con masas en fusión y permanencia cerca de ellas. Actividades en un entorno de calor radiante. Trabajos con láser. Trabajos eléctricos en tensión, en baja tensión.
4.Protección respiratoria. Equipos de protección respiratoria:
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas, cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno. Trabajos en la boca de los altos hornos. Trabajos cerca de convertidores y conducciones de gas de altos hornos. Trabajos cerca de la colada en cubilote, cuchara o caldero cuando puedan desprenderse vapores de metales pesados. Trabajos de revestimiento de hornos, cubilotes o cucharas y calderos, cuando pueda desprenderse polvo. Pintura con pistola sin ventilación suficiente. Trabajos en pozos, canales y otras obras subterráneas de la red de alcantarillado. Trabajos en instalaciones frigoríficas en las que exista un riesgo de escape de fluido frigorífico.
5.Protección del oído.
Protectores del oído: Utilización de prensas para metales. Trabajos que lleven consigo la utilización de dispositivos de aire comprimido. Actividades del personal de tierra en los aeropuertos. Trabajos de percusión. Trabajos de los sectores de la madera y textil.
6. Protección del tronco, los brazos y las manos.
Prendas y equipos de protección: Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos. Trabajos con masas ardientes o permanencia cerca de éstas y en ambiente caliente. Manipulación de vidrio plano. Trabajos de chorreado con arena. Trabajos en cámaras frigoríficas. Ropa de protección antiinflamable: Trabajos de soldadura en locales exiguos.
Mandiles antiperforantes: Trabajos de deshuesado y troceado. Manipulación de cuchillos de mano, cuando el cuchillo deba orientarse hacia el cuerpo.
Mandiles de cuero y otros materiales resistentes a partículas y chispas incandescentes: Trabajos de soldadura. Trabajos de forja. Trabajos de fundición y moldeado.
Manguitos y mangos protectores del antebrazo y del brazo: trabajos de deshuesado y troceado.
Guantes: Trabajos de soldadura.
 Manipulación de objetos con aristas cortantes, salvo que se utilicen máquinas con riesgo de que el guante quede atrapado. Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos. Trabajos con riesgo eléctrico. Guantes de metal tranzado, malla metálica, etc. Trabajos de deshuesado y troceado. Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos. Sustitución de cuchillas en las máquinas de cortar.
7. Ropa de protección para el mal tiempo. Trabajos al aire libre con tiempo lluvioso o frío.
8. Ropa y prendas de seguridad. Señalización. Trabajos que exijan que las prendas sean vistas a tiempo.
9. Dispositivos de prensión del cuerpo y equipos de protección anticaídas (arneses de seguridad, cinturones anticaídas, equipos varios anticaídas y equipos con freno «absorbente de energía cinética»). Trabajos en andamios. Montaje de piezas prefabricadas. Trabajos en postes y torres. Trabajos en cabinas de grúas situadas en altura. Trabajos en cabinas de conductor de estibadores con horquilla elevadora. Trabajos en emplazamientos de torres de perforación situados en altura. Trabajos en pozos y canalizaciones.
 10. Prendas y medios de protección de la piel. Manipulación con revestimientos; productos o sustancias que puedan afectar a la piel o penetrar a través de ella. Trabajos de curtido.

Actividades bloque 1:
1.     ¿Contra qué riesgo profesional lucha la Seguridad en el trabajo?
2.     ¿Contra qué riesgo profesional lucha la Higiene en el trabajo?
3.     ¿Qué es la ergonomía? ¿Contra qué lucha? 
4.     ¿Cuáles son las causas de la insatisfacción en el trabajo?
5.     Diferencia entre conato de emergencia, emergencia parcial y emergencia general:
6.     Describe cómo debes desalojar el aula donde te encuentras y en qué lugar del patio debes colocarte:
7.     Si debes salir del centro ¿dónde está designado el punto de reunión?
8.     Enumera cómo debes actuar ante un incendio:
9.     Cómo debes actuar ante una evacuación:
10.  ¿Cómo es la señal acústica de evacuación en nuestro centro?
11.  Definición de “equipo del protección individual”
12.  Resume las obligaciones del empresario.
13.  ¿Cuándo está indicado el uso de los EPI?
14.  Motivos por los que no debe abusarse de su uso.
15.  ¿Cómo debemos determinar los EPI que conviene utilizar?

·         SEÑALIZACIÓN: Técnica de seguridad que permite identificar peligros y riesgos presentes EN EL PUESTO DE TRABAJO

Una señal proporciona una indicación o una obligación en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda.

Es una obligación del empresario:
─     Adoptar la señalización de seguridad y salud
─      Informar a los trabajadores de las medidas relativas al uso de señalización de seguridad,  y proporcionarles información adecuada dirigida a la correcta interpretación de señales
─     Es complementaria
─     No elimina el riesgo
Llama la atención sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones
Alerta ante situaciones de emergencia
Localiza medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios
¾     Regulación:
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales
  • Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, de disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo

¾      Características para que la señalización sea eficaz:
  • Proporcionar información
  • Alerta, prohíbe, obliga
  • Atraer la atención
  • Transmitir un mensaje con antelación
  • Interpretar claramente el riesgo
  • Ofrecer una posibilidad real de cumplimiento
  • Deben ajustarse al RD 485/1997

¾     Emplazamiento:
  • Debe ser claramente perceptible
  • Atraer la atención
  • Permitir recibir la información con suficiente antelación en relación con el riesgo sobre el que informan o la acción que debe ser ejecutada

¾     Mantenimiento y supervisión:
  • Se procederá regularmente a la limpieza, reparación o sustitución, mantenimiento y verificación
  • La señalización que necesiten de una fuente de energía deberán estar dotadas de alimentación de emergencia que garantice su funcionamiento, a menos que el riesgo señalizado desaparezca con el corte del suministro

¾     Tipos de señales:
  • Señalización ÓPTICA: sistema basado en la apreciación de las formas y colores por medio del sentido de la vista (LAS QUE SE VEN).
  • Señalización acústica: emisión de señales sonoras a través de altavoces, sirenas y timbres que, conformadas a través de un código conocido, informar de un determinado mensaje sin intervención de voz humana (LAS QUE SE OLLEN).
  • Señalización olfativa: se basa en la difusión de olores predeterminados que son apreciados por el sentido del olfato (SE HUELEN).
  • Señalización táctil: se basa en la distinta sensación que experimentamos cuando tocamos algo con cualquier parte del cuerpo (SE TOCAN)

¾     Colores de seguridad:
COLOR
SIGNIFICADO
INDICACIONES Y PRECISIONES
ROJO
Señal de PROHIBICIÓN
Comportamiento peligroso
Peligro-alarma
Alto, parada, dispositivo de desconexión de emergencia, evacuación
Material y equipo de lucha contra incendios
Identificación y localización

COLOR
SIGNIFICADO
INDICACIONES y PRECISIONES
AMARILLO
AMARILLO- ANARANJADO
Señal de ADVERTENCIA
Atención. Precaución. Verificación

COLOR
SIGNIFICADO
INDICACIONES Y PRECISIONES
AZUL
Señal de OBLIGACIÓN

Comportamiento o acción específica
Obligación de utilizar un equipo de protección visual

COLOR
SIGNIFICADO
INDICACIONES Y PRECISIONES
VERDE
Señal de SALVAMENTO O AUXILIO
Puertas, salidas, pasajes, material, puestos de salvamento o socorro, locales
Situación de SEGURIDAD
Vuelta a la normalidad
¾     Colores de contraste:
COLOR DE SEGURIDAD
COLOR DE CONTRASTE
ROJO
BLANCO
AMARILLO
AMARILLO ANARANJADO
NEGRO
AZUL
BLANCO
VERDE
BLANCO

¾     Señales en forma de panel: se componen de una forma geográfica, colores y símbolo o pictograma cuya combinación otorga un significado a la señal.

─     Características:
  • Pictogramas sencillos y de fácil comprensión
  • Señales resistentes de forma que aguante golpes, inclemencias del tiempo y agresiones medioambientales
  • Las señales garantizarán buena visibilidad

─     Requisitos:
  • Altura y posición adecuada en relación al ángulo visual.
  • Lugares de emplazamiento iluminado y fácilmente visible.
  • Se deben retirar cuando desaparezca el riesgo.
  • Evitar emplear varias señales próximas
  • Usos: advertencia, prohibición, obligación, lucha contra incendios, salvamento o socorro.

¾      Señales de ADVERTENCIA:
  • Forma triangular.
  • El pictograma es negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
  • Y los bordes en negro

¾      Señales de salvamento y socorro:
  • Advierte del lugar donde se sitúan salidas de emergencia, lugares de primeros auxilios, etc.
  • Forma rectangular o cuadrada.
  • Pictograma es blanco sobre fondo verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
  • Señales de salvamento o socorro:

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  • Señales de advertencia de peligro:
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¾      Señales de PROHIBICIÓN:

  • Forma redonda
  • Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y bandas rojos transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 45º respecto a la horizontal el rojo deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal
  • Señales de prohibición:

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¾      Señales de OBLIGACIÓN:

  • Forma redonda
  • y pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal)
  • Señales de obligación
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¾       Señales relativas a EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS:
o   Indican la ubicación de los medios de lucha contra incendios como extintores, mangueras, etc.
o   Forma rectangular o cuadrada.
o   Pictograma blanco sobre fondo rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
o   Señales de equipo de lucha contra incendios:
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¾     Señales luminosas: señal emitida por medio de un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior.

─     Características:
  • La luz emitida por la señal deberá provocar un contraste luminoso adecuado.
  • La intensidad será tal que asegure su percepción.
  • No se emplearán dos señales luminosas al mismo tiempo.
  • La superficie luminosa que emita una señal debe ser de color uniforme, o llevar pictograma sobre un fondo determinado.
  • Se deben comprobar el buen funcionamiento  
  • Para casos peligrosos deben ir provistos de una bombilla auxiliar.
  • Las señales intermitentes se emplean para indicar un mayor grado de peligro o urgencia

─     Requisitos:
  • Intensidad de la luz a utilizar
  • Nivel general de iluminación del local
  • Visibilidad y color de las luces a emplear
  • Turnos de trabajo
  • Usos: balizamiento, indicadores luminosos en instalaciones eléctricas para advertir del riesgo de presencia de tensión, indicadores sobre paneles, luces giratorias en vehículos.

¾     Señales gestuales: movimiento o disposición de brazos o manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro.

─     Características:
  • Precisas, simples, fáciles de realizar y comprender y claramente distinguibles.
  • La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica y para una sola señal

─     Requisitos:
─     El encargado de dar señales seguirá visualmente el desarrollo de las maniobras.
─     El encargado de dar señales deberá ser reconocido fácilmente.
─     El encargado de dar señales no debe compatibilizar  esta actividad con otras
─     Su uso para movimiento de maquinaria pesada o elementos  voluminosos y pesados de las instalaciones, movimientos de gruas-torre, maquinaria de movimiento de tierra, carga y descarga …

Significado: Comienzo, Atención, Toma de mando,
Descripción: Los dos brazos extendidos de forma horizontal, las palmas de las manos hacia adelante
ImagenGESTOS1
Comienzo
Significado: Alto, Interrupción, Fin del movimiento
Descripción: El brazo derecho extendido hacia arriba, la palma de la mano hacia adelante

Imagen1GESTOS+ALTO
Alto
Significado: Fin de operaciones
Descripción: Las dos manos juntas a la altura del pecho
G-+FIN+DE+OPERACIONES
Fin de operaciones
Significado: IZAR
Descripción: Brazo derecho extendido hacia arriba, la palma de la mano derecha hacia delante, describiendo lentamente un círculo
G-+IZAR
izar
Significado: BAJAR
Descripción: Brazo derecho extendido hacia abajo, palma de la mano derecha hacia el interior, describiendo lentamente un círculo

G-+BAJAR
bajar
Significado: DISTANCIA VERTICAL
Descripción: Las manos indican la distancia

G-+DISTANCIA+VERTICA
Distancia vertical
Significado: AVANZAR
Descripción: Los dos brazos doblados, las palmas de las manos hacia el interior, los antebrazos se mueven lentamente hacia el cuerpo

G-AVANZAR2
Avanzar
Significado: RETROCEDER
Descripción: Los dos brazos doblados, las palmas de las manos hacia el exterior, los antebrazos se mueven lentamente, alejándose del cuerpo

G-RETROCEDERRetroceder
Significado: Hacia la derecha: con respecto al encargado de las señales
Descripción: El brazo derecho extendido más o menos en horizontal, la palma de la mano derecho hacia abajo, hace pequeños movimientos lentos indicando la dirección
G-HACIA+LA+DERECHAHacia la derecha
Significado: Hacia la izquierda: con respecto al encargado de las señales
Descripción: El brazo izquierdo extendido más o menos en horizontal, la palma de la mano izquierda hacia abajo, hace pequeños movimientos lentos indicando la dirección
G-HACIA+LA+IZQUIERDAHacia la izquierda
Significado: DISTANCIA HORIZONTAL
Descripción: Las manos indican la distancia

G-DISTANCIA+HORIZONTALDistancia horizontal
Significado: PELIGRO: alto o parada de emergencia
Descripción: Los dos brazos extendidos hacia arriba, las palmas de las manos hacia adelante

G-PELIGRO
Peligro (parada o alto de emergencia)
Significado: RÁPIDO
Descripción: Los gestos codificados referidos a movimientos se hacen con rapidez
Significado: LENTO
Descripción: Los gestos codificados referidos a movimientos se hacen muy lentamente

¾     Instrucciones de carreteras:

  • En obras fijas y móviles fuera de poblado, emplear operarios señalistas que portan señales manuales (bandera roja) y empleen gestos codificado de señalización, como los siguientes:
Significado: Detener el tránsito
Descripción: Señalista de frente al tránsito y con la bandera extendida horizontalmente hacia el carril donde opera en posición estacionaria, de modo que toda ella sea visible. Para mayor énfasis podrá levantar su mano libre con la palma de la misma frente a los vehículos que se aproximan.
C-+DETENER+EL+TR%C3%81NSITO
Detener el tránsito
Significado: Continuar la marcha
Descripción: Señalista parado paralelo al sentido del tránsito y con la bandera y el brazo debajo de la línea visual de los conductores, indicarán que el tráfico prosiga su marcha moviendo su mano libre. No se debe usar la bandera para indicar que el tráfico prosiga o reanude su marcha.
C
Continuar la marcha
Significado: Alertar del tráfico, Disminuir la velocidad,
Descripción: Señalista parado frente al tráfico agitando la bandera despacio, en un movimiento hacia arriba y hacia abajo sin levantar el brazo sobre su posición horizontal

C-+DISMINUIR+LA+VELOCIDADDisminuir la velocidad

¾     Señales acústicas: señal sonora codificada, emitida y difundida por medio de un dispositivo apropiado.

─     Características:
  • Las señales acústicas permitirán su correcta identificación y clara distinción
  • El nivel sonoro deber ser superior al nivel de ruido ambiental
  • No se empleará una señal acústica  cuando el ruido ambiental sea demasiado intenso
  • Será objeto de comprobación inicial y periódica
  • No se deben utilizar dos señales acústicas al mismo tiempo
  • Uso para evacuación de edificios, incendios, presencia de contaminantes químicos o radiaciones, alarma de puesta de marcha en máquinas, señalización de marcha atrás en vehículos.

¾      Comunicación verbal:

o   Características:
o   Mensajes cortos, simples y claros
o   La amplitud verbal del locutor ha de ser aceptable para garantizar su comunicación
o   Las facultades auditivas del o los oyentes serán suficientes

o   Requisitos:
o   Las personas afectadas deben conocer bien el lenguaje
o   La comunicación verbal debe sustituir o ser complementaria de señales gestuales

¾     Señalización olfativa:

o   Única normativa vigentes es del Decreto 2913/73, de 26 de octubre, Reglamento del Servicio Público de Gases Combustibles, que indica la necesidad de olorizar el gas de tal forma que cualquier fuga pueda ser detectada.
─     Características:
o   La respuesta dependerá de la sensibilidad individual del trabajador.
o   Emitida una determinada cantidad de olor, llegará más o menos pronto en base a las condiciones climatológicas del local.
o   En ocasiones, la adaptación al sistema oloroso disminuye la eficacia de la señal

¾     Señalización táctil:

  • No es utilizada en la actualidad
  • Su  fundamento está en la distinta sensación que se experimenta cuando se toca algo con cualquier parte del cuerpo

¾     Señal de color referida al riesgo de caída, choque y golpes:
  • Señalización que indica desniveles u obstáculos, riesgo de caídas de personas, objetos, choques o golpes
  • La señalización se efectuará mediante franjas alternas amarillas y negras. Las franjas deberán tener una inclinación aproximada de 45° y ser de dimensiones similares de acuerdo con el siguiente modelo:
RIESGO+DE+CAIDAS,+CHOQUES+Y+GOLPES
Riesgo de caídas, golpes, choques

ACTIVIDADES bloque 2:
1.    El color rojo significa:
2.    El color azul significa:
3.    El color verde significa:
4.    El color amarillo significa:
5.    ¿Qué señales de seguridad se utilizan en tu profesión?
6.    Requisitos de la comunicación verbal:
7.    Señala las características de las señales acústicas.
8.    Requisitos de las señales luminosas:
9.    Trabajo: buscar en internet todas las señales de seguridad.
10.  Trabajo sobre señalizaciones de conducciones.

·        LA VIGILANCIA DE LA SALUD.

Para vigilar y controlar la salud de los trabajadores, se debe realizar una evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo y un estudio de la exposición a contaminantes físicos, químicos y biológicos, incluyendo un control de los tiempos de exposición.
En el caso de que existan trabajadores especialmente sensibles o cuando se detecten daños a la salud, se realizará una evaluación inicial, evaluaciones periódicas y evaluaciones después de ausencias prolongadas por motivos de salud, con la finalidad de proponer la revisión o modificación de las condiciones de trabajo.
La empresa puede establecer un plan de actuación, que comprende la realización de reconocimientos médicos, asistencias y campañas de prevención

LPRL establece que el empresario garantizará a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes a su trabajo:
  • Adaptada: la vigilancia se realizará en función de los riesgos a los que está sometido el trabajador en el lugar de su trabajo.
  • Voluntaria: la vigilancia deberá constar con el consentimiento del trabajador, salvo que concurran las siguientes circunstancias.
§  Que el estado de salud del trabajador puede ser un peligro para él o para terceros.
§  Que exista una disposición legal en relación con riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad que obligue a realizar reconocimientos.
  • Confidencial: los resultados de esta vigilancia serán comunicados al trabajador afectado y a la dirección de la empresa, sólo si el trabajador da su consentimiento. El empresario será informado de las conclusiones de los reconocimientos médicos en relación con:
§  La aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo.
§  Con la necesidad de introducir o mejorar las condiciones de protección y prevención a fin de que se puedan tomar las oportunas medidas preventivas.
  • Documentada: habrá documentos sobre los resultados y las conclusiones de la salud de los trabajadores.
  • La vigilancia de la salud tiene por objetivos:
§  La detección precoz de las alteraciones de la salud.
§  La identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos.
§  Alertar sobre posibles situaciones de riesgos y actuar en consecuencia.

─     Reconocimientos médicos. Su objetivo es detectar posibles lesiones con la antelación suficiente para evitar el desarrollo de una enfermedad:
  • Se recogerá información sobre la salud de cada trabajador y la posibilidad de que se halle en una situación de especial sensibilidad.
  • Se diseñan las prueba médicas que examinarán la salud de los trabajadores y su periodicidad, teniendo en cuenta el tipo de riesgo.
  • Deben respetar el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona. No pueden utilizarse con fines discriminatorios.
  • Los resultados se entregarán al trabajador con los consejos y garantías de confidencialidad oportunos (derecho  a la intimidad y a la dignidad del trabajador).
  • Se realizarán estudios epidemiológicos y un análisis de  las enfermedades profesionales desarrolladas durante y después de la relación laboral con la empresa.
  • Se realizará por médicos con la especialidad de Medicina del Trabajo y enfermeros diplomados en Enfermería de Empresa.
  • Es voluntario.
  • Sólo es obligatoria:
§  Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud  de los trabajadores.
§  Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para sí miso, para los demás trabajadores o para terceras personas.
§  Cuando lo exija una disposición legal para la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
  • Tipos de reconocimientos médicos:
§  Reconocimiento antes de la incorporación al puesto de trabajo: su fin es conocer el estado inicial de salud del trabajador para realizar una previsión de la evolución posterior de su salud.
§  Reconocimientos médicos periódicos: su fin es conocer la salud del trabajador en un momento determinado. Permite comparar el estado de salud en momentos distintos y proceder a un estudio de la evolución de la situación de la persona.
§  Reconocimientos médicos específicos: se realizan a aquellos trabajadores especialmente expuestos a algún tipo de riesgo y cuya peligrosidad y alcance se fija en función del riesgo.

─     Campañas de prevención. Su objetivo es informar sobre los riesgos existentes en los puestos de trabajo, las enfermedades que pueden ocasionar y explicar las pautas de actuación que se deben seguir. Se imparten cursos de primeros  auxilios, campañas de educación sanitaria, etc.

─     Colectivos específicos. La empresa debe garantizar  de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales, estado biológico conocido o discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos laborales:

─     La maternidad. La empresa realizará una evaluación de riesgos que tenga en cuenta el estado de las trabajadoras embarazadas, de parto reciente o en periodo de lactancia. Ver anexos 7 y 8 de la LPRL. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud de la trabajadora embarazada o del feto, el empresario deberá proceder del siguiente modo:
  • Primero, adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, adaptando las condiciones de trabajo para que no afecten a la trabajadora o al feto. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o a turnos.
  • Cuando lo anterior no fuese posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones del puesto de trabajo siguieran influyendo negativamente en la salud de la embarazada o del feto, se cambiará a la trabajadora a otro puesto de trabajo, compatible con su estado y de su misma categoría profesional.
Es necesaria una certificación médica de que las condiciones del puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la trabajadora o del feto, que será expedida por el INSS o la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en función de la entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.
  • Si no existiese un puesto de trabajo de la misma categoría profesional, será destinada a un puesto no equivalente, conservando el salario del puesto de origen.
  • Si tampoco fuese posible que la trabajadora accediese a un puesto de trabajo de distinta categoría o grupo profesional, pasará a la situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, durante el tiempo necesario para la protección de la salud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto  o a otro compatible con su estado. Durante la suspensión del contrato cobrará el 100% de la base reguladora
La trabajadora embarazada tiene derecho a ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de realizarlo dentro de la jornada de trabajo.

─     Los menores de edad. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos de los puestos de trabajo a desempeñar por los menores de edad, antes de su incorporación y previamente a cualquier modificación importante de sus condiciones de trabajo, teniendo en cuenta los riesgos específicos para su desarrollo, seguridad y salud, derivados especialmente de su falta de experiencia, de su madurez para valorar lo riesgos y de su desarrollo todavía incompleto. El empresario informará a los menores y a sus padres o tutores de los posibles riesgos y de todas las medidas preventivas y de protección adoptadas.

─     Los trabajadores con contratos temporales y contratados por ETT. Deberán disfrutar del mismo nivel de protección, en materia de seguridad y salud, que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios y tendrán sus mismos derechos y deberes. Tanto la ETT como la empresa de usuaria tienen en materia de prevención con respecto a sus trabajadores:
o   Obligaciones de la empresa usuaria:
§  Es responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
§  Es responsable de las medidas de protección tomadas.
§  Deber informar al trabajador, antes del inicio de la actividad de los riesgos existentes en la empresa y en su puesto de trabajo, de las medidas de prevención y protección adoptadas, de las cualificaciones o aptitudes profesionales necesarias en su puesto de trabajo, de la exigencia o no de controles médicos.
§  Informará a los representantes de los trabajadores de su empresa y a los trabajadores encargados de la prevención o, en su caso, al servicio de prevención, de la incorporación de estos trabajadores, para que puedan desarrollar de forma adecuada sus funciones.
§  Informará a la ETT (y ésta a los trabajadores) sobre las características de los puestos de trabajo a desempeñar y las cualificaciones que se requieren, antes de iniciar la actividad laboral.
o   Obligaciones de la ETT:
§  Proporcionar la formación teórico-práctica necesaria para el puesto de trabajo a cubrir, teniendo en cuenta la cualificación y experiencia profesional del trabajador y los riesgos a los que estará expuesto.
§  Es responsable de la vigilancia de la salud de los trabajadores.
§  La ETT organizará las actividades preventivas con recursos propios debidamente auditados.
§  Constituirá un comité de seguridad y salud en el trabajo con un mínimo de 4 delegados de prevención.

─     Otros trabajadores especialmente sensibles:
  • Quienes, por su particular exposición a determinados agentes, pudieran ver afectada su función procreadora.
  • Personal sin formación o inexperto (nuevos contratados, trabajadores estacionales y temporeros).
  • Trabajadores con inmunodeficiencias.
  • Trabajadores con mala salud, por ejemplo, que padezcan bronquitis.
  • Trabajadores que están recibiendo un tratamiento médico que podría aumentar su vulnerabilidad a estados transitorios, que no les permita responder a las exigencias psicofísicas del puesto de trabajo.

ACTIVIDADES BLOQUE 3.
1.    ¿Qué es un reconocimiento médico de un trabajador en su empresa?
2.    ¿es obligatorio o voluntario el reconocimiento médico?
3.    ¿existe alguna situación en la cual el trabajador no se puede negar a que le realicen un reconocimiento médico?
4.    ¿Cómo debe actuar una empresa cuando una de sus trabajadoras se queda embarazada y ocupa un puesto peligroso?
5.    Contesta verdadero o falso:
─     Los menores de edad pueden ocupar puestos peligrosos en la empresa
─     Un trabajador temporal tiene un menor nivel de protección en  su puesto de trabajo
─     La empresa usuaria no es responsable de la seguridad cuando un trabajador viene de ETT
─     La ETT no es responsable de la seguridad de los trabajadores que contrata y envía a la empresa usuaria.
─     Las embarazadas no tienen una protección especial.
─     Los menores pueden realizar horas extras
6.    Señala al menos dos medidas a favor de la mujer embarazada en salud laboral.
7.    Señala la protección especial de los discapacitados:
8.    Obligaciones de la ETT en materia de salud laboral:



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